From b589733519cc812c685f0543164a8f73543a0180 Mon Sep 17 00:00:00 2001 From: =?UTF-8?q?V=C3=ADctor=20Manuel=20J=C3=A1quez=20Leal?= Date: Sun, 3 Nov 2024 15:52:37 +0100 Subject: [PATCH] =?UTF-8?q?Art=C3=ADculos=20105=20y=20107?= MIME-Version: 1.0 Content-Type: text/plain; charset=UTF-8 Content-Transfer-Encoding: 8bit DECRETO por el que se reforma el primer párrafo de la fracción II del artículo 107, y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal. Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de octubre del 2024 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5742105&fecha=31/10/2024 Se reforma: + el primer párrafo de la fracción II del artículo 107 Se adiciona: + un quinto párrafo al artículo 105 --- CPEUM/105.rst | 4 ++++ CPEUM/107.rst | 2 ++ CPEUM/T263.rst | 9 +++++++++ CPEUM/toc.rst | 10 ++++++++++ 4 files changed, 25 insertions(+) create mode 100644 CPEUM/T263.rst diff --git a/CPEUM/105.rst b/CPEUM/105.rst index 5330b007..55e255f7 100644 --- a/CPEUM/105.rst +++ b/CPEUM/105.rst @@ -146,3 +146,7 @@ XVI del artículo 107 de esta Constitución. Tratándose de controversias constitucionales o de acciones de inconstitucionalidad planteadas respecto de normas generales, en ningún caso su admisión dará lugar a la suspensión de la norma cuestionada. + +Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de +inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o +reformas a esta Constitución. diff --git a/CPEUM/107.rst b/CPEUM/107.rst index d49bd0b0..4d37af64 100644 --- a/CPEUM/107.rst +++ b/CPEUM/107.rst @@ -24,6 +24,8 @@ II. Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. + No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta + Constitución. Cuando en los juicios de amparo indirecto en revisión se resuelva la inconstitucionalidad de una norma general, la Suprema Corte de diff --git a/CPEUM/T263.rst b/CPEUM/T263.rst new file mode 100644 index 00000000..b935fba6 --- /dev/null +++ b/CPEUM/T263.rst @@ -0,0 +1,9 @@ +**Primero** + +El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación +en el Diario Oficial de la Federación. + +**Segundo** + +Los asuntos que se encuentren en trámite deberán resolverse conforme a +las disposiciones contenidas en el presente Decreto. diff --git a/CPEUM/toc.rst b/CPEUM/toc.rst index 8f900209..400c955d 100644 --- a/CPEUM/toc.rst +++ b/CPEUM/toc.rst @@ -2348,3 +2348,13 @@ artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de áreas y empresas estratégicas. .. include:: T262.rst + +Artículos Transitorios de Decretos de Reforma (263) +--------------------------------------------------- + +DECRETO por el que se reforma el primer párrafo de la fracción II del +artículo 107, y se adiciona un quinto párrafo al artículo 105, de la +Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de +inimpugnabilidad de las adiciones o reformas a la Constitución Federal. + +.. include:: T263.rst